La legislación concursal dejaba fuera de posible exoneración los créditos de Hacienda y Seguridad social. Por ello, el alto tribunal con la **Sentencia Nº 3669/2016, de 2 de julio de 2019 **da un nuevo impulso positivo a la Ley de Segunda Oportunidad, ampliando la capacidad de los juzgados mercantiles para actuar sobre las deudas contraídas con la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
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